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COMEI

COMEI

Para la liquidación el/la profesional deberá realizar previamente autorización y carga en el sistema de COMEI. Encontrará debajo de esta página los instructivos necesarios para su procesamiento.

Para la liquidación online deberá presentarse la siguiente documentación:

– Planilla de liquidación (una por todos los meses y pacientes que liquida)

– Asistencia realizada por el/la paciente, con firmas por cada fecha de atención (modelo adjuntado en esta página)

– En caso de tratarse de atención remota adjuntar consentimiento realizado por el/la paciente, según modelo del Consejo Superior.

Toda la documentación se enviará digitalizada, escaneada o fotografiada (JPG o PDF), de manera que sea absolutamente legible, y organizada siguiendo los instructivos enviados cada mes.

 

Autorización y atención
El/la profesional deberá realizar, en primer lugar, la autorización previa a la atención, a través de la plataforma de: COMEI en la pestaña prestadores.
Una vez realizado dicho trámite, podrá proceder a la atención registrando al día de cada entrevista la sesión consumida.

Las fechas de las sesiones registradas deberán coincidir con las declaradas en la planilla de asistencia.
Podrá acceder a través de esta página al instructivo.
El/la profesional deberá descargar de esta página la planilla de asistencia que completará con las fechas de las sesiones autorizadas y realizadas, las firmas del paciente, los valores correspondientes vigentes, datos solicitados, firma y sello.

En caso de atención remota deberá ser el/la paciente quien descargue dicha planilla y la complete. Si no cuenta con la posibilidad de imprimirla podrá reproducirla manualmente en una hoja común.

Deberá cobrar al paciente el monto correspondiente al coseguro, de acuerdo a la planilla de aranceles.

 

Liquidación

Para la liquidación el/la profesional deberá presentar en el Colegio de Psicólogos y Psicólogas en las fechas correspondientes la documentación arriba detallada, organizada según las indicaciones de los instructivos enviados cada mes.

 

Importante

– Las sesiones deberán ser cargadas a la plataforma si o si el mismo día de realización.

– Sólo se aceptará la liquidación de las sesiones de hasta tres meses anteriores al mes en que se encuentra realizando la presentación.

– No será posible liquidar las sesiones con fecha del mismo mes en que se encuentra presentando la liquidación.

 


Instructivo COMEI

 

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